Presentó su dimisión el 31 de julio tras la polémica por su título académico, lamentando el "ataque injustificado" sobre su persona
La formación directiva se abre a interinos y se renueva cada ocho años
Los programas para ejercer como directores en centros públicos tendrán 120 horas desde 2026-2027 y permitirán participar a docentes interinos si hay vacantes
Los docentes interinos podrán participar en los programas de formación habilitantes para el ejercicio de funciones directivas en los centros de enseñanza no universitaria. Así lo establece el borrador del nuevo real decreto de competencias para el desempeño de la dirección, que será de aplicación a partir del curso 2026-2027 y que ha sido pactado entre el Ministerio de Educación y los sindicatos.
Dicho texto, que desarrolla el artículo 135.6 de la LOMLOE, introduce una serie de cambios relevantes en el proceso de selección del equipo directivo de los centros públicos. Entre ellos, la inclusión como mérito de la superación de un programa oficial de formación sobre el desarrollo de la función directiva, impartido por las consejerías autonómicas o el propio Ministerio, con validez en todo el territorio nacional.
Formación obligatoria
Esta formación previa al nombramiento como director o directora tendrá una duración mínima de 120 horas y se organizará por módulos que los participantes podrán cursar de forma continuada o repartida en un plazo máximo de dos años. Además, quienes ya hayan obtenido esta acreditación deberán renovarla cada ocho años a través de módulos de actualización con una duración de al menos 60 horas.
Una de las principales novedades del borrador es que no solo el personal funcionario de carrera podrá acceder a estos programas, sino también los docentes interinos, siempre que queden plazas vacantes en las convocatorias. No obstante, desde el sindicato STES-Intersindical advierten de que el problema reside en "la falta de oferta de cursos ante una demanda cada vez más creciente".
Los programas
Los contenidos formativos están enfocados en el diseño, gestión, evaluación y mejora de los proyectos educativos, así como en áreas clave como la convivencia, la innovación pedagógica, el liderazgo y el desarrollo del plan digital del centro.
Por otra parte, el borrador del decreto también reformula las competencias del cargo directivo. Entre las funciones destacadas se incluye la de promover innovaciones pedagógicas, nuevas formas organizativas, programas educativos experimentales, planes de trabajo específicos, normas de convivencia e incluso ampliaciones del calendario o del horario lectivo.
El nuevo real decreto deberá ser aún debatido por el Consejo Escolar del Estado, pasar por los órganos consultivos pertinentes y, finalmente, ser aprobado en Consejo de Ministros para entrar en vigor oficialmente.
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