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Votar el 15M: horario de los colegios electorales y las horas que tienes si trabajas
Recuerda además que es obligatorio acreditarse a la hora de votar, por lo tanto hay que llevar el DNI, pasaporte o permiso de conducir, con fotografía
Este 15 de marzo es jornada electoral en Castilla y León y estas son algunas de las cuestiones a tener en cuenta si vas a ir a votar. Lo primero, ¿cómo saber dónde tienes que ir?, es decir, cuál es tu mesa electoral. Y no menos importante, ¿a qué hora abren y cierran los colegios electorales? También puede darse el caso de que te toque trabajar este domingo. No hay problema, votar es un derecho y los trabajadores disponen de sus horas para ejercerlo.
¿Cómo saber dónde tienes que ir a votar?
Con la tarjeta censal que la Oficina del Censo Electoral remite por correo a todos los electores. Ahí figuran los datos del colegio electoral que corresponde a cada uno, así como la mesa en la que tiene que votar.
También se pueden consultar los locales y mesas electorales través de la página web de la Oficina del Censo Electoral www.ine.es.
¿A qué hora abren y cierran los colegios electorales?
Los colegios electorales están abiertos desde la 9 a las 20 horas. Si en ese momento quedará alguien dentro del colegio electoral, el presidente de la mesa le permitirá votar.
Aunque en los colegios electorales la actividad empieza antes, ya que deben constituirse las mesas, verificar que no hay problemas con el material electoral (urnas, cabinas, mesas, soportes señalizadores, sobres, papeletas, impresos…), acreditar a los interventores, etc.
¿Cuántas horas tengo para votar si ese día trabajo?
Si el 15M te toca trabajar, conviene que sepas que dispones en tu horario laboral de hasta cuatro horas para el ejercicio del derecho del voto, que serán retribuidas. Cuando el trabajo se preste en jornada reducida, se efectuará la correspondiente reducción proporcional del permiso.
En caso de necesitarlo, se puede solicitar un justificante ante la Mesa electoral el mismo día de la votación.
¿Es obligatorio llevar el DNI para votar?
Hay que acreditarse a la hora de votar, así que sí, es obligatorio llevar el DNI. No vale el resguardo del DNI en trámite, puesto que en él no aparece la fotografía del elector. También se puede acreditar uno con el pasaporte (con fotografía) o con el permiso de conducir (con fotografía).
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