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Ratificada la condena a 15 años de cárcel a un padre por abusar sexualmente de su hijo de 4 años
El Supremo rechaza el recurso del hombre y respalda la credibilidad de los testimonios infantiles
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 15 años y dos meses de prisión para un hombre por violar repetidamente a su hijo de 4 años en Cádiz, llegando en una ocasión a permitir que otro hombre lo grabase con su teléfono.
Los hechos ocurrieron entre el verano de 2015 y marzo de 2016. Según informa EFE, el padre se llevaba a sus dos hijos, de 4 y 8 años, a la playa donde le veían tener relaciones sexuales con otros hombres y, en una ocasión, se masturbó mientras pedía a los niños que le tapasen con una toalla ante la presencia policial en la zona.
Luego, cuando se llevaba a los niños a casa - estando solo o en el régimen de visitas pactado pues había roto con su pareja - agredió sexualmente y violó a su hijo de 4 años repetidas veces, una de ellas delante de otra persona, quien fue encontrado desnudo cuando presenciaba la agresión sexual al ser sorprendido por la hermana, que de inmediato se llevó a su hermano.
En todas estas ocasiones, dice la sentencia, el menor "protestaba, lloraba o se negaba" a hacer lo que quería su padre, pero este "les conminaba a no contar lo que sucedía diciéndoles que de hacerlo los enviaría a un colegio internos".
La Audiencia de Cádiz condenó al padre a 16 años de prisión por un delito continuado de agresión sexual con prevalimiento y un delito continuado de exhibicionismo con la agravante de parentesco, mientras que al otro hombre le impuso 11 meses de cárcel por exhibicionismo.
Más tarde, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía redujo ligeramente las condenas a 15 años y dos meses de cárcel, y al otro condenado a siete meses de cárcel por dilaciones indebidas.
El padre recurrió al Supremo alegando que la única prueba eran las versiones de los menores a quienes restaba credibilidad, pero el alto tribunal lo rechaza de plano y confirma la sentencia.
Dicen los magistrados que la declaración de los menores fue "veraz, sincera y convincente", que "no hay razones para desautorizar la sentencia" dictada por la Audiencia "ni hay razones que se hayan probado para entender que el testimonio de los menores fue inducido por su madre; ni ha habido contradicciones o variaciones relevantes en los testimonios", según informa EFE.
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