Sin tañido de campanas por incumplir la Ley del Ruido en este municipio de Castilla y León

La justicia da la razón al vecino que denunció a la Diócesis de Astorga y al que tendrán además que indemnizar con 1.000 euros

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Sin tañido de campanas por incumplir la Ley del Ruido en este municipio de Castilla y León
Parroquia de San Ignacio de Loyola de Ponferrada.
El autor esIsabel  Rodríguez
Isabel Rodríguez
Lectura estimada: 3 min.
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Condenada a cesar el tañido de las campanas. Esto es lo que le ha sucedido a la Diócesis de Astorga que tendrá que dejar de tocar las campanas de la parroquia de San Ignacio de Loyola de Ponferrada, así como a limitar el ruido de las mismas tras una demanda interpuesta por un vecino cuya vivienda está situada a cincuenta metros del templo.

El juez ha condenado a la Diócesis a indemnizar a este vecino con la cantidad de mil euros por los perjuicios ocasionados por las emisiones sonoras de la parroquia, cuyas campanas superaban los niveles de tolerancia y límites legales permitidos por la Ley del Ruido de Castilla y León.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, el demandante afirmaba que la sonoridad de las campanas "había alcanzado niveles insoportables en los últimos años, tanto cuando se dan los toques diarios como cuando se dan los toques para el aviso de actos litúrgicos".

Manifestó, según la resolución judicial, que informó del problema al Ayuntamiento de Ponferrada, que abrió un expediente y efectuó mediciones del ruido que se llevaron a cabo por agentes de la Policía Local.

Esas mediciones, junto con dictámenes periciales que fueron realizados por el Laboratorio de Acústica Aplicada de la Escuela de Ingenierías, industrial, informática y Aeroespacial de la Universidad de León, se utilizaron para requerir al Obispado que adoptase las medidas correctoras necesarias para reducir el impacto sonoro de las campanas.

Se hizo constar en el informe que el nivel de "inmisión" sonora obtenido en exteriores era de 83 decibelios, mientras que el valor exigible de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 5/2009 de Castilla y León sería igual o inferior a 60 decibelios.

En cuanto a interiores, el nivel era de 64 decibelios, mientras que el valor exigible de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 5/2009 de Castilla y León sería igual o inferior a 37 decibelios.

El demandante, prosigue EFE, manifestó que como consecuencia del ruido provocado por las campanas se veían afectados sus derechos fundamentales a la intimidad e inviolabilidad del domicilio, impidiéndosele descansar, lo que le ha provocado un trastorno de ansiedad, teniendo que asistir a sesiones de fisioterapia para aliviar la carga muscular que la tensión generada por la problemática acústica le provoca.

Al no atender la Diócesis de Astorga su solicitud, el denunciante recurrió a la vía civil para la defensa de sus intereses. En su demanda, el vecino pedía que se condenase a la demandada a adoptar las medidas correctoras necesarias para adaptar el funcionamiento del reloj conectado a las campanas en horario diurno (desde las 8:00 horas hasta las 22:00 horas) a los límites establecidos en esa ley.

Además solicitaba una indemnización de un total de 10.820 euros más intereses legales, correspondientes a la indemnización por daño moral y a la salud por importe de 8.250 euros y 2.030 euros por los gastos de tratamiento de fisioterapia.

Finalmente la indemnización que ha marcado el juez en su fallo es de mil euros para el vecino afectado. Contra esta sentencia cabe recurso de apelación.

8 Comentarios

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usuario anonimo 5/20/2025 - 8:46:18 PM
A ese ciudadano habría que seguirle y ver si etra en discobares, discotecas, va a conciertos etc
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señor equis 5/21/2025 - 12:45:05 AM
Es decir: si va a discotecas, la Iglesia tiene derecho a saltarse la legalidad... menudo argumento.
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usuario anonimo 5/20/2025 - 8:44:02 PM
Vivimos en la tontería, las campanas siempre tocaron, los gallos cantaron y las vacas se tiraron pedos y ahora todo es prohibir.
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señor equis 5/21/2025 - 12:43:46 AM
Díselo al que trabaja de noche y se despierta porque las campanas suenan cada media hora.
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usuario anonimo 5/20/2025 - 8:42:44 PM
Pues lo mismo deben de hacer cuando hay conciertos que no hay quien pueda dormir, la Ley de ruidos y vibraciones es para todo y no se pueden hacer excepciones en fiestas o berbenas.
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señor equis 5/21/2025 - 12:43:02 AM
De hecho, sí, en festividades locales se suelen suprimir ciertos artículos para poder disfrutar de conciertos de todo tipo.
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usuario anonimo 5/20/2025 - 12:24:36 PM
Otro de los signos de incultura actual: de siempre las campanas han sido los instrumentos de avisos de muerte, nacimiento, fuego, gloria, acontecimientos del mundo occidental. Que ahora digan que contradice el nivel de tolerancia, es precisamente el mejor nombre que pueden dar al caso: intolerancia e incultura.
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señor equis 5/21/2025 - 12:41:20 AM
Un signo de la incultura actual es que la ley diga una cosa y tú prefieras que se incumpla, porque son campanas de iglesia. Esto no tiene que ver con la cultura, sino con el incumplimiento de una ley. Más sencillo no puede ser. En el S. XXI la Iglesia también tiene que cumplir la legalidad.
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