Según el juez, hay suficientes indicios para proceder, como grabaciones del supuesto enlace o a la madre de la víctima exhibiendo "gran cantidad de dinero"
El Supremo revisará el indulto concedido a Juana Rivas tras el recurso de su expareja
El escrito del exmarido señala que el Consejo de Ministros se atribuyó competencias judiciales y que hubo "vulneración" del reglamento de la Ley del Indulto
El Tribunal Supremo ha fijado para este martes la votación y fallo sobre el recurso presentado por la expareja de Juana Rivas contra el indulto parcial que concedió el Gobierno en noviembre del año pasado a esta madre de Maracena (Granada) condenada a dos años y medio de cárcel por la sustracción de sus dos hijos menores.
Así consta en una providencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que se fija esta fecha, a partir de las 10,00 horas, para la votación y fallo del recurso y se designa magistrado ponente a Wenceslao Francisco Olea Godoy.
En su recurso, la representación legal en España del italiano Francesco Arcuri, el padre de los hijos de Juana Rivas, exponía que el indulto parcial se tramitó con "sorprendente urgencia" por parte del Consejo de Ministros y arrogándose competencias reservadas al orden judicial. Alega, de hecho, que la concesión de esta medida de gracia fue arbitraria porque se adoptó "a pesar de las irregularidades manifiestas del expediente" y supone una "grave vulneración" de actos reglados obligatorios dispuestos en la Ley del Indulto, puesto que, entre otros asuntos, no se incorporó el informe del Centro Penitenciario.
Por ello, solicita que se revoque el Real Decreto de 16 de noviembre de 2021 por el que se le concedía a Rivas el indulto parcial, o bien que se declare nulo. En caso de que el tribunal no atienda estas dos peticiones, Arcuri interesa que se revoque o se anule lo expuesto en ese indulto respecto de la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad sobre sus hijos, que se conmutaba por la pena de ciento ochenta días de trabajos en beneficio de la comunidad.
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