Cerrar por culpa de una avería también cuesta: una comunidad deberá pagar casi 50.000 euros a un restaurante

Confirmada una indemnización de 49.011,97 euros a un negocio que tuvo que cerrar durante 47 días por los daños provocados por la rotura de la red de saneamiento

Cerrar por culpa de una avería también cuesta: una comunidad deberá pagar casi 50.000 euros a un restaurante
Audiencia Provincial de Madrid
El autor esTeresa Sánchez
Teresa Sánchez
Lectura estimada: 2 min.

Mantener un restaurante cerrado durante más de un mes supone seguir pagando facturas, aunque no entre ningún cliente ni se genere un solo euro de ingresos. Eso es lo que tuvieron que afrontar los propietarios de un establecimiento hostelero de Madrid, que permaneció sin actividad durante 47 días por los daños ocasionados por una avería en la red de saneamiento del edificio. Ahora, la comunidad de propietarios tendrá que indemnizarlos con 49.011,97 euros, después de que la Audiencia Provincial de Madrid haya confirmado la condena.

El tribunal ha desestimado el recurso presentado por la comunidad contra la resolución dictada en marzo de 2025 por la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Madrid, que ya había reconocido el derecho del restaurante a recibir esa cantidad por las pérdidas sufridas durante el cierre.

El origen del problema estuvo en la rotura de la red de saneamiento, que provocó grietas y el hundimiento del suelo del local. La situación obligó a interrumpir la actividad del establecimiento durante casi siete semanas, mientras se realizaban las obras necesarias para reparar los daños. Durante ese tiempo, los responsables del negocio tuvieron que seguir haciendo frente a los gastos habituales sin disponer de ingresos. Entre ellos figuraban el alquiler del local, los recibos de electricidad, las cotizaciones a la Seguridad Social, los seguros, la vigilancia y los pagos correspondientes a alimentos y bebidas.

Todo salió de sus ahorros particulares. Los propietarios tuvieron que utilizar su propio patrimonio para mantener el negocio y conservarlo en condiciones de volver a funcionar una vez terminadas las obras.

La Audiencia considera razonable la indemnización porque esos desembolsos fueron necesarios para mantener el establecimiento preparado para reanudar su actividad. El tribunal tiene en cuenta que, durante los 47 días de cierre, los hosteleros carecieron de ingresos y tuvieron que asumir por su cuenta unos costes que normalmente afrontaban con la facturación del restaurante. La resolución también llama la atención sobre la responsabilidad de la comunidad de propietarios. Según recoge la sentencia, la antigüedad del edificio exigía una mayor diligencia a la hora de revisar y comprobar el estado de la red de saneamiento, antes de que alcanzara un nivel de deterioro que terminara provocando los daños.

Con esta decisión, la Audiencia Provincial mantiene la obligación de la comunidad de abonar los 49.011,97 euros reclamados por el restaurante. No obstante, la sentencia todavía puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

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