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Castilla y León convoca ayudas para los trabajadores afectados por las inundaciones de febrero
La convocatoria, publicada en el Bocyl, contempla el anticipo del 100 % de la ayuda, que podrá solicitarse entre el 23 de marzo y el 6 de abril
La Junta de Castilla y León convoca ayudas directas para compensar la pérdida de ingresos de los trabajadores afectados por las inundaciones de febrero.
Estas ayudas están incluidas en el Acuerdo 16/2026, de 26 de febrero, que recoge las medidas a implementar para paliar las consecuencias de las graves inundaciones del mes de febrero y favorecer la recuperación de las zonas afectadas.
El objetivo de la convocatoria es compensar la pérdida de poder adquisitivo de aquellos trabajadores afectados por Ertes en los centros de trabajo ubicados en los términos municipales reconocidos como afectados por este episodio meteorológico. La ayuda se establece en 10 euros por día de suspensión o reducción, con un límite de 3.000 euros por trabajador.
Esta convocatoria extraordinaria del programa ATRER establece, además, algunas mejoras para garantizar que el apoyo llegue de forma inmediata a los damnificados. En este sentido, los afectados podrán acceder a la ayuda desde el primer día, sin que exista un número de jornadas mínimas de afección, y los beneficiarios podrán solicitar un anticipo del 100 % de la cuantía al realizar su solicitud, facilitando liquidez inmediata a los trabajadores afectados.
Podrán optar a estas subvenciones los trabajadores por cuenta ajena, incluidos los que tienen contrato indefinido fijo-discontinuo, que presten o hayan prestado servicios en los centros de trabajo de las zonas afectadas, siempre que la que la base de cotización no supere los 4.000 euros mensuales y que hayan estado afectados por un ERTE iniciado durante el mes de febrero de 2026.
El periodo subvencionable para el que se puede solicitar la ayuda comprende desde el 1 de febrero hasta el 20 de octubre de 2026. Las solicitudes podrán presentarse desde el 23 de marzo y hasta el próximo 6 de abril.
La tramitación se realizará ante la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, debiendo aportar la acreditación de identidad y, en caso de no percibir prestación por desempleo, un certificado de la empresa indicando las jornadas de afectación.
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