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Investigado en Segovia por delitos contra la seguridad vial y falsedad documental
Desde 2021, el investigado ha conducido sin carnet, y presentaba uno falso a la Guardia Civil
La Guardia Civil de Segovia ha investigado a un hombre de 47 años como presunto autor de varios delitos contra la seguridad vial y uno de falsedad documental.
Una patrulla del Destacamento de Tráfico de San Rafael, durante un control de carretera para verificación de alcohol y drogas, en la zona de San Rafael, identificó al investigado, que conducía un furgón. Al ser requerido su permiso de conducir, el sujeto exhibió a los agentes uno expedido por las autoridades de Venezuela. Ante la sospecha de que el documento fuera falso, se recogieron todos los datos posibles y se puso en conocimiento del Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (G.I.A.T.) del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil. La investigación consecuente demostró la falsedad del documento.
Los hechos han culminado, en fechas recientes, con el esclarecimiento de cinco delitos contra la seguridad vial y uno de falsedad documental, con la puesta a disposición judicial del investigado.
Los hechos se han cometido desde el año 2021 hasta fechas recientes, referidos a conducir un vehículo a motor sin haber obtenido nunca ningún tipo de carné de conducir y a falsedad documental por poseer y exhibir un permiso de conducir de Venezuela falso. En la investigación se ha comprobado que el conductor había sido denunciado en cinco ocasiones, en diferentes puntos de las provincias de Segovia, Madrid y Toledo, por lo que se deduce que cada vez que era identificado y denunciado exhibía el falso documento, con lo que conseguía evadir la acción judicial.
Una vez instruidas las correspondientes diligencias han sido remitidas al Juzgado de Instrucción de Segovia.
El Código Penal, en su artículo 384, establece que quien condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.
La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.
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